LGD
Pregúntanos sin ningún compromiso.
Personas al servicio de personas.
1. Contratación de un trabajador autónomo con discapacidad o de un Centro Especial de Empleo para realizar tareas necesarias para el normal desarrollo de la propia actividad de la empresa, o para la prestación de servicios complementarios.
2. Realización de donaciones a entidades sin ánimo de lucro que tengan como objeto la integración social de personas con algún tipo de discapacidad.
3. Suscripción de un contrato con un Centro Especial de Empleo y la constitución de un enclave laboral.
Existen cantidades determinadas a cumplir por cada trabajador que no es contratado directamente en plantilla. En el caso de estar interesado, no dude en consultarnos.